Informacion a Padres de Familia y Usuarios

ID #1000

Actos Disciplinarios Por parte de Institución Educativa

 

Estan ejerciendo actos disciplinarios en contra de uno de mis hijos en la institucion educativa donde esta inscrito, actos que no me parecen adecuados ¿Que acciones puedo tomar y que debo hacer?

 

- En caso de que en la institucion educativa donde ha contratado usted el servicio educativo para uno o mas de sus hijos o dependientes, se ejercen actos disciplinarios que USTED considere que no se apegan al sentido común, siempre debe verificar que:

  • Las medidas disciplinarias que las instituciones educativas apliquen sobre sus usuarios SOLO SEAN AQUELLAS que se hayan establecido en el REGLAMENTO de la institución, y dicho reglamento TIENE QUE HABER SIDO puesto a su consideración PREVIA LA INSCRIPCION del alumno en el plantel y contar con su aprobacion EXPLICITA
  • TODO tipo de medidas disciplinarias por parte del plantel educativo TIENEN que estar FUNDAMENTADAS tanto en el CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS COMO EN EL REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCION
  • EL REGLAMENTO DE LA INSTITUCION debe proporcionarse en copia simple al PADRE DE FAMILIA o TUTOR, asi como al ALUMNO al momento de la inscripción, ya que es parte INTEGRAL del servicio educativo, ya que USTED puede optar por un codigo de disciplina MAS ESTRICTO o LAXO seleccionando una institucion de educación privada diferente.
  • Siempre que NO SE HAYA PUESTO A SU DISPOSICION dicho REGLAMENTO INTERNO previo a la inscripción se da un caso de VIOLACION de indole administrativa ante dos autoridades, la Procuraduria Federal de Proteccion al Consumidor y la Secretaria de Educación Publica.


En caso de que USTED no este de acuerdo con las acciones tomadas por la institución en referencia a la educacion de sus hijos en la misma usted debe proceder a:

  • Revisar SU CONTRATO DE PRESTACION de servicios
  • Revisar el reglamento de disciplina de la institucion bajo las premisas anteriormente consideradas
  • Revisar y Enterarse del acuerdo del 10 de Marzo de 1992 en la pagina de internet de la PROFECO
  • Revisar y Enterarse de la LEY GENERAL DE EDUCACION y el ACUERDO 254 (para servicios educativos de primaria) existen otros acuerdos para la educación básica de otros niveles

Hay ordenamientos básicos que rigen el servicio educativo privado en el país. En caso de que usted considere que estos preceptos estan siendo violados en contra de sus derechos siga estos sencillos pasos.

  1. ACUDA a la ANEP por medio del formato de contacto y ponga en conocimiento a la ASOCIACION de las VIOLACIONES que usted considera se estan cometiendo en contra del educando y de usted. En caso de que la institución educativa sea MIEMBRO de esta organización, ANEP podrá actuar como intermediario de la circunstancia para resolver la situación de una manera favorable para los involucrados.
  2. En caso de que la INSTITUCION no pertenezca a esta organización, o de que las negociaciones no sean favorables entonces puede usted optar por:
  • ACUDIR AL al telefono de TELSEP a interponer una queja en contra de la institucion o por medio de la pagina de la SEP en www.sep.gob.mx (al presentar una queja en contra de estos actos por parte de la institucion la SEP puede tomar medidas como son la solicitud de remoción de los directivos tecnicos del plantel, acciones en contra del personal docente ó multas administrativas y la revocación del acuerdo de incorporacion de la institución).
  • ACUDIR AL MODULO DE QUEJAS DE LA DELEGACION PROFECO MAS CERCANA: Ahi le podrán auxiliar en ESTABLECER si la supuesta violacion es de caracter EDUCATIVA (en cuyo caso sera ante la sep el proceso) o si PROFECO esta facultada para intervenir en el proceso por violaciones al acuerdo del 10 de marzo de 1992 o a la ley federal de proteccion al consumidor.
ANEP ha puesto este servicio publico para los usuarios de los sistemas educativos a fin de que se acerquen a la Asociación en casos similares al expuesto, ya que en casos relacionados a las instituciones que son MIEMBROS de ANEP, esta organización puede servir como coadyuvante para que este tipo de controversias entre los usuarios del sistema educativo privado y los proveedores del servicio puedan resolverse sin necesidad de acudir a autoridad de Gobierno, de manera RAPIDA, SENCILLA y EFICIENTE
 

 

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Última actualización: 2009-03-26 04:52
Autor: Administrator
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